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10 de octubre de 2011

cambio de uniformidad




Ya tenemos encima el cambio de uniformidad. Normalmente las empresas suelen entregar en la segunda quincena de Octubre la ropa de invierno. El Art. 75 de nuestro convenio deja regulado todo lo referente al vestuario del personal de seguridad privada y a ello nos tenemos que acoger. Si es verdad que, todos los años hay "distintas incidencias" en torno a la entrega de las prendas que componen nuestro uniforme. Una veces no hay ropa de nuestra talla, otras no hay zapatos etc.

Pero especialmente el año pasado hubo grandes carencias en distintas empresas a la hora del reparto de la uniformidad, lo que propició que algunos comités de empresa tuvieran que poner este tema en manos de la Inspección de Trabajo. SPV cree que estas incidencias pueden deberse a una política de "recorte de gastos" en las empresas de seguridad a raíz de la crisis de los últimos años. Es por ello que te recomendamos que, si al ir a recoger tu ropa de invierno no hay de tu talla o si la empresa no te facilita todo el material necesario para el desempeño de tu labor, dejes constancia por escrito de tal incidencia y se las hagas llegar a tus representantes sindicales para que ello tomen las medidas oportunas.

Te dejamos un modelo sencillo para que, si llega el caso, lo puedas registrar en la empresa. No te olvides de que la empresa firme y selle tu comunicación... Estas en tu derecho.

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