LA AUDIENCIA NACIONAL CONDENA A LA EMPRESA ESABE VIGILANCIA, S.A. A APLICAR LAS TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE SEGURIDAD, Y LE CONDENA A ABONAR A CADA UNO DE LOS TRABAJADORES DE LA MISMA LA CANTIDAD QUE LES CORRESPONDE POR APLICACIÓN DE LAS TABLAS MÁS EL 10% DE INTERÉS POR MORA.
Según recogen nuestros compañeros de la página web "La Otra Seguridad", dentro de la estrategia planteada para conseguir que la Empresa ESABE, S.A. pague a todos los trabajadores las tablas establecidas en el Convenio Colectivo así como la cuantía correcta de las pagas extraordinarias, evitando en la medida de lo posible la interposición de demandas individuales que muchos trabajadores no efectúan y que al tiempo saturan nuestras asesorías jurídicas, hemos recibido la primera Sentencia de los tres procedimientos interpuestos ante la Audiencia Nacional.
Tenemos que destacar que se trata de una de las primeras sentencias en las que por vía de conflicto colectivo y con base a la nueva posibilidad establecida en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social se plantea la posibilidad de la ejecución de una sentencia de conflicto colectivo con efectos respecto al colectivo de trabajadores afectados por la misma, significando como la propia sentencia manifiesta expresamente la condena a ESABE VIGILANCIA, S.A. a abonar a cada uno de los trabajadores de la empresa la cantidad que les corresponde por aplicación de las tablas salariales más el 10% de interés por mora.
Esta sentencia aún no es firme pues contra la misma cabe la posibilidad de interponer Recurso de Casación al Tribunal Supremo por lo que habrá que esperar a esa firmeza para poder plantear la ejecución que comentamos.
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