¡ BARATO, BARATO!
I.- PRINCIPALES NOVEDADES EN MATERIA DE DESPIDO
2. Se limita la tutela administrativa y judicial de los despidos.
3. Se facilita el despido expres por causas objetivas, para eliminar los salarios de tramitación.
4. Estos despidos pasan a estar subvencionados con recursos públicos.
5. En el despido objetivo, se rebaja el plazo de preaviso y las indemnizaciones caso de incumplirse.
II.- CONSECUENCIAS PRÁCTICAS PARA TODOS LOS TRABAJADORES FIJOS ACTUALES
1. Al legalizarse los despidos, se pierde el derecho a la estabilidad en el empleo, y una reducción sustancial de la indemnización por cese.
2. La reforma del despido afecta sobre todo a los actuales trabajadores fijos con mayor antigüedad.
3. Ante la misma situación en la empresa, ha convertido en más barato despedir a los trabajadores
que, simplemente, cambiarles el horario o los días de trabajo, o un traslado a
otra localidad.
4. En la práctica, la aportación del Fogasa supone que despedir a los trabajadores fijos
cuesta lo mismo que despedir a los temporales.
III.- CONSECUENCIAS PRÁCTICAS PARA LOS CONTRATOS DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA
1. Se facilita la utilización del despido express, sin causa y con indemnización rebajada, y
sin abono de salarios de tramitación.
2. Se subvenciona el cese de estos trabajadores a cargo del Fogasa. El ministerio admitirá
expresamente que la subvención se abone aunque la empresa reconozca que no tiene razones
para el cese y el despido sea improcedente.
La financiación pública supondrá que el despido sin causa tendrá un coste para la empresa
de 25 días de salario por año de servicio, en lugar de los 45 días por año del despido improcedente.
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